La Dirección General de Impuestos Internos advierte a empresarios que supervisará camiones de carga con el objetivo de evitar la venta de mercancía fuera de los libros de productos gravados por el Impuesto Sobre Transferencia de Bienes Industrializados (ITBIS).
El documento donde se establecen los procedimientos para la supervisión de vehículos cargados es la Norma General No. 08-2007.
Esta norma explica que los conduces de mercancías deberán contener datos del vendedor de la mercancía, Registro Nacional de Contribuyetne, Razón Social, Nombre Comercial, Dirección detallada del Almacén de despacho, datos propios del Formulario de Conduce, como fecha de salida, tipo de movimiento, puerto de entrega, asi como tambien, las firmas de quien las despachó.
Esta nueva medida especifica que a más tardar, a los 30 días del recibo de ese documento, es decir, de la nueva regulación, los contribuyentes que realicen ventas al por mayor, deberán emitir una comunicación a la (DGII) especificando las direcciones exactas de sus almacenes.
Y esos datos, aclara la entidad recaudadora, será considerada como una declaración jurada de carácter informativos y sujeta a sanciones que están contenidas en el Código Tributario para el incumplimiento de deberes formales.
El método que utilizará la DGII, para la revisión de los vehículos es el modo Aleaorio y si detecta que hay inventarios sin los documentos de importación y comprobantes fiscales, presumirá que es un negocio fraudulento de la empresa en cuestión.
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